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Con fecha 23 de diciembre pasado fue publicada, en el Diario Oficial, la ley 21.647, la cual agregó al Código de Aguas el nuevo artículo 12 transitorio.
En virtud del artículo 106 de esta ley, los titulares de derechos de aprovechamiento sobre aguas superficiales, comprendidos entre las regiones Libertador Bernardo O´Higgins y de Los Lagos, se encuentran impedidos de ejercerlos, ello con ocasión de los temporales acaecidos durante este año 2023, podrán extraer el agua en un punto alternativo.
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