El Segundo Juzgado de Letras de Curicó, en causa rol C-962-2022, anuló todo lo obrado por cuanto la notificación de la resolución que decretó el remate no fue efectuada al actual titular de los derechos de aprovechamiento; sino al anterior propietario que figuraba en la nómina de derechos sujetos a pago de patente de la DGA; cuyos apellidos, además, estaban mal consignados.
Conforme a lo resuelto por este tribunal, resulta esencial para que prospere una acción de cobro, que esta sea dirigida en contra del verdadero sujeto pasivo de la acción y que sea éste el emplazado a juicio, y no el antecesor legal que figure en las nóminas del Servicio de Tesorería y la DGA.