El pasado 1 de septiembre de 2024, la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en causa Rol C-684-2024, confirmó la sentencia del 1º Juzgado de Letras de San Felipe, que había acogido parcialmente la demanda interpuesta por una empresa agrícola en el marco de un procedimiento de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, conforme al artículo 2° transitorio del Código de Aguas.
Argumentos de la DGA y criterio del tribunal:
- La Dirección General de Aguas (DGA) se opuso a la regularización, sosteniendo que los predios eran regados mediante aguas superficiales de los canales Borgiño y Comunidad, lo que descartaría la necesidad y antigüedad de las captaciones subterráneas.
- No obstante, tanto el tribunal de primera instancia como la Corte valoraron principalmente la prueba rendida por la demandante: evidencia material que acreditaba la existencia de obras antiguas (bombas, cañerías oxidadas, estanques en desuso) y el testimonio concordante de vecinos, confirmando así un uso efectivo e ininterrumpido en el tiempo.
Implicancias jurisprudenciales:
- Este fallo refuerza una línea jurisprudencial que reconoce la fuerza probatoria del uso efectivo y prolongado de aguas en procesos de regularización, incluso frente a objeciones de la autoridad administrativa fundadas en registros de uso superficial.
- Asimismo, destaca la relevancia de la prueba pericial y técnica: la constatación de elementos materiales antiguos en las captaciones fue decisiva para acreditar la data de explotación previa a 1976.
- La decisión reviste importancia para futuros procesos de regularización, en tanto confirma que lo informado por la DGA puede ser controvertido por los medios de prueba que la ley franquea y que acrediten un uso anterior a 1976.
- Finalmente, el caso vuelve a poner en evidencia la tensión entre los registros administrativos de la DGA y la realidad consuetudinaria de la explotación de aguas, cuestión que previsiblemente seguirá siendo un eje de litigiosidad en materia hídrica.
Nota: Este fallo aún no se encuentra ejecutoriado.
La sentencia completa se puede consultar aquí.

